Recordemosque las parejas de hecho no se equiparan al matrimonio, pero la Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2003 recoge que las uniones de hecho 鈥渃onstituyen una realidad social, que, cuando re煤nen determinados requisitos -constituci贸n voluntaria, estabilidad, permanencia en el tiempo, con apariencia p煤blica de comunidad
Estacompatibilidad entre pensi贸n de viudedad y pensi贸n de jubilaci贸n, no obstante, tiene l铆mites. Si el c贸nyuge superviviente rehace su vida y contrae un nuevo matrimonio o una nueva pareja
Tendr谩nderecho a la pensi贸n de viudedad, con car谩cter vitalicio, quienes se encuentren unidos al causante como pareja de hecho en el momento de su fallecimiento y cumplan una serie de requisitos. Cuando el fallecido es un trabajador viene regulado en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS)
\n\n \n\npareja de hecho pensi贸n compensatoria
Estoimplica que cuando se rompe una pareja de hecho, si uno de los miembros queda en situaci贸n de desequilibrio econ贸mico todav铆a dispondr谩 de v铆as legales para recibir cierta compensaci贸n. Sin embargo, deber谩n concurrir los criterios correspondientes al enriquecimiento il铆cito en lugar de los requisitos de la pensi贸n
Lapensi贸n compensatoria tras la separaci贸n de las parejas de hecho, ha sido reconocida por la jurisprudencia m谩s reciente. La pensi贸n compensatoria puede definirse como la compensaci贸n que por desequilibrio econ贸mico soporta una de las partes tras la separaci贸n o el divorcio y puede ser temporal o por tiempo indefinido. Lo regula el
Paraque se produzca la extinci贸n de la pensi贸n compensatoria por vivir con otra persona, se exige una prueba de que existe convivencia y relaci贸n p煤blica, estable y conocida. El C贸digo Civil en el Art铆culo 101 establece que: 芦El derecho a la pensi贸n se extingue por el cese de la causa que lo motiv贸, por contraer el acreedor nuevo
. 67 282 232 314 228 392 171 257 336

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